¿Qué requisitos tiene que cumplir una vivienda vacacional en Canarias? En este post vamos a conocer los trámites para tener una vivienda vacacional en Gran Canaria, Tenerife, Las Palmas, Fuerteventura, Lanzarote, El Hierro y La Gomera, basándonos en el Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias publicado en 2015.

Un reglamento que regula cuestiones tan particulares como la placa distintiva, los equipamientos mínimos o la Declaración responsable de inicio de la actividad en Canarias.

Marco legal de la vivienda vacacional en Canarias

La Comunidad Autónoma de Canarias tiene la competencia exclusiva en materia de turismo desde 1982. A partir de allí, en 1995 se aprobó la Ley Ordenación del Turismo de Canarias, que establece que los servicios de alojamiento turístico se ofertarán dentro de las modalidades hotelera o extrahotelera.

En 2013 las Cortes Generales aprobaron la una ley con medidas para la flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, que excluía de la aplicación de la ley de Arrendamientos Urbanos "la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial".

Para poder contar con una regulación que determine las condiciones y requisitos que deben cumplir las viviendas vacacionales, como una nueva tipología en la modalidad extrahotelera e incorporada a la regulación de los establecimientos de alojamientos turísticos, el Gobierno de las islas aprobó el Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Este decreto está dividido en 4 puntos en los que nos vamos a detener:

  • El Capítulo I recoge las disposiciones generales y los aspectos relacionados con la identificación (placa-distintivo) e información y publicidad de las viviendas vacacionales.
  • El Capítulo II se ocupa de las condiciones de uso, requisitos que deben tener las viviendas vacacionales e información de los precios a cobrar.
  • El Capítulo III establece el régimen de explotación de las viviendas vacacionales y el procedimiento de declaración responsable de inicio de la actividad,
  • El Capítulo IV se dedica a las reclamaciones y a la inspección y régimen sancionador.
  • Tres anexos.

Enmarcando la vivienda vacacional: modalidad extrahotelera

Lo primero de todo, vamos a enmarcar la vivienda vacacional, que se encuentra en la modalidad extrahotelera. La clasificación queda así:

Modalidad hotelera

  • Hotel
  • Hotel urbano
  • Hotel emblemático
  • Hotel rural

Modalidad extrahotelera

  • Apartamento
  • Villa
  • Casa emblemática
  • Casa rural
  • Vivienda vacacional

Definición de la vivienda vacacional

Las viviendas, que amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato y reuniendo los requisitos previstos del Reglamento de las viviendas vacacionales de la Comunidad Autónoma de Canarias, son comercializadas o promocionadas en canales de oferta turística, para ser cedidas temporalmente y en su totalidad a terceros, de forma habitual, con fines de alojamiento vacacional y a cambio de un precio.

Por supuesto, deberán cumplir con la Ley de Ordenación del Turismo de Canarias y otras normas que atañen a la seguridad, salubridad, urbanísticas, técnicas, habitabilidad o accesibilidad.

¿Qué necesita una vivienda vacacional en Canarias?

A continuación, vamos a resumir algunas de las particularidades más importantes que recoge el reglamento canario. Hemos tratado de sintetizarlas, pero encontrarás toda la información detallada en el propio documento legislativo:

Placa-distintivo

Las viviendas vacacionales deben exhibir en un lugar visible de la entrada una placa-distintivo con el número de inscripción en el Registro General Turístico de la Comunidad.

Información y publicidad

  • La publicidad, oferta y gestión de las viviendas vacacionales se ajustará a las exigencias de veracidad, objetividad y buena fe. Su promoción no debe inducir a confusión o error: debe quedar clara su modalidad extrahotelera y su tipología de casa vacacional.
  • El número de registro asignado debe incluirse en toda publicidad.
  • Cartel informativo en un lugar visible que incluya:
  • Número de teléfono de atención, en horario como mínimo de 8.00 h a 20.00 horas.
  • Teléfonos y direcciones de los servicios de emergencia y sanitarios, al menos en castellano e inglés.
  • Antes de la reserva se informará de las condiciones de acceso a la vivienda, horas de entrada y salida, admisión de animales de compañía, régimen de reservas y precios del servicio ofertado.
  • Anunciar las prohibiciones especificadas en el reglamento en un lugar visible y al menos en inglés y en castellano.

Condiciones de uso y requisitos de seguridad

Este apartado vela por el cumplimiento de las condiciones de limpieza e higiene. En lo relativo a la seguridad, hace referencia de forma explícita a la obligatoriedad de informar a la Dirección General de Policía sobre la estancia de las personas que se alojan en ella. ¿Qué quiere decir esto?

Es necesario realizar el parte de viajeros, es decir, recopilar una serie de informaciones sobre los ocupantes del alojamiento y remitirlas a las autoridades competentes.

Una de las modalidades más populares entre los alojamientos turísticos por su rapidez, sencillez y su precio económico es hacerlo mediante una aplicación móvil. Este documento obligatorio se puede completar rápidamente gracias a Clizzz, nuestra App que permite enviar el parte de viajeros en menos de 30 segundos. En esta aplicación, que se instala fácilmente en el teléfono móvil, solo necesitas indicar las fechas de entrada y salida, escanear los datos del documento de identidad y registrar la firma del viajero en el mismo móvil.

Requisitos funcionales y de equipamientos mínimos

La regulación canaria también recoge que las viviendas vacacionales deberán contar con un equipamiento mínimo establecido como, por ejemplo, un cierre interior de seguridad en puertas de acceso o un botiquín de primeros auxilios.

Régimen de explotación

Las viviendas vacacionales deberán ser cedidas íntegramente a una única persona usuaria y no se permitirá la cesión por habitaciones.

Requisitos antes de empezar con una vivienda vacacional

Inscripción en el Registro General Turístico de Canarias

El inicio de la actividad de explotación de una vivienda vacacional requerirá la presentación de declaración responsable ante el Cabildo Insular, con inscripción en el Registro General Turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El reglamento recoge que antes de ocupar la vivienda, si no se ha realizado la contratación por escrito antes, las dos partes deberán firmar un documento redactado al menos en inglés y castellano donde se detallen los horarios, el máximo de ocupantes y precios con el IGIC incluido.

Declaración responsable de inicio de la actividad

Con carácter previo al inicio de la actividad de explotación de una vivienda vacacional se debe formalizar una declaración responsable, dirigida al Cabildo Insular correspondiente.

El Cabildo hará entrega de las hojas de reclamaciones, el cartel anunciador de las mismas y el libro de inspección.

El cese de la actividad también debe ser comunicado al Cabildo Insular correspondiente, en un plazo máximo de treinta días siguientes al cese.